Actualmente
la inclusión laboral es un factor de gran importancia dentro de cualquier
empresa, ya que además de darse a conocer como una empresa incluyente, también
le genera diversos beneficios fiscales.
Cabe
resaltar que una vez que se ha encontrado el perfil adecuado para los usuarios,
su desempeño en el puesto colocado es igual o mayor al de cualquier trabajador,
destacando el hecho que ponen mayor empeño y responsabilidad a su trabajo.
Ventajas Fiscales para Empresas
La
empresa puede deducir de sus ingresos un
monto equivalente al 100% del impuesto
sobre la renta. En algunos estados como D.F, Morelos y Jalisco, se exentan del pago del impuesto sobre nómina
las erogaciones por remuneraciones a los trabajadores de capacidades
diferentes.
También
se apoya a aquellas empresas que remodelan o adecuan el espacio físico, para que sus trabajadores con discapacidad
puedan realizar sus actividades sin problema. En este caso se especifica en
la Ley del Impuesto sobre la renta, ya
que a través del artículo 40, dice que hay una deducción del 100% para todas
aquellas adaptaciones que tengan como finalidad facilitar el acceso y uso de
instalaciones a las personas con discapacidad motriz, intelectual, visual y
auditiva o de lenguaje.
El
artículo 222° establece que, el patrón que contrate a personas que padezcan
discapacidad motriz, mental, auditiva o de lenguaje en un 80% o más de la
capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir sus ingresos, un
monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores.
La
Ley de Adquisiciones Arrendamiento y Servicios del Sector Público, en su
artículo 14° establece que, en caso de
concurso para la adquisición de bienes, arrendamiento, o servicios, que
utilicen la evaluación de punto y porcentajes, se otorgarán puntos a la empresa
que cuente con al menos el 5% de personal con discapacidad en su planta de
empleados, cuya antigüedad no sea menor a 6 meses.
También
en El Decreto por el que se Otorga un Estímulo Fiscal en Materia de Impuesto
Sobre la Renta a los Contribuyentes que
se Indica, se estipula en su artículo 1° que se otorgará un estímulo fiscal a
los contribuyentes, personas físicas o morales del impuesto sobre la renta que
empleen a personas que:
- Tengan 65 años o más
- Padezcan discapacidad motriz, que para superarla, requiera usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un 80% o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes.
El
estímulo fiscal consiste en poder deducir de los ingresos acumulables por el
ejercicio fiscal correspondiente, un monto adicional equivalente al 25% del
salario, efectivamente pagado a las personas señaladas en las fracciones
anteriores.
El
contratar a personas con discapacidad no sólo beneficia a las empresas, también
a la sociedad en general, ya que poco a poco se comienza con una cultura de
total inclusión, cabe resaltar que las empresas incluyentes se dan a conocer
entre el mundo laboral, por lo que su imagen mejora ante sus clientes.
¿Y
tú conoces empresas incluyentes?